Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
Primero: se NIEGA la homologación del desistimiento del procedimiento solicitada por la abogada DANIELA ORTEGA RAMÍREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 106.634, actuando en su carácter de apoderada judicial del ciudadano VIDAL REMIGIO ORTEGA GARCÍA, titular de la cédula de identidad número V- 3.363.227, del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto en contra de la ALCALDÍA DEL MUNICIPIO VARGAS DEL ESTADO VARGAS, conforme a los términos expuestos en la motiva del presente fallo.-
Segundo: se declara la PERENCIÓN DE LA INSTANCIA, del recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por la abogada DANIELA ORTEGA RAMÍREZ, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 106.63.....