Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella funcionarial interpuesta por el ciudadano PEDRO ALEJANDRO ORNÓ ORTEGA, venezolano, mayor de edad y titular de la cédula de identidad Nº V-3.185.985, debidamente asistido por la abogado WILBEL DE LA TRINIDAD INCIARTE MORALES, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nro. 139.832, interpuso recurso contencioso administrativo funcionarial contra la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, y en consecuencia:
PRIMERO: se ORDENA a la ALCALDÍA DEL DISTRITO METROPOLITANO DE CARACAS, que proceda a homologar la pensión jubilatoria del ciudadano PEDRO ALEJANDRO ORNÓ ORTEGA, ya identificado, en los términos y condiciones señalados en el acto administrativo que otorgó el beneficio, entiéndase en la Resoluci.....