Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE IN LIMINI LITIS, la acción de amparo constitucional interpuesta por el abogado JUSTO MORAO ROSAS, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 3.316, actuando en su carácter de apoderado judicial de los ciudadanos EDGAR ALEXANDER MARINEZ ARISTAMUÑO y YNOSENTE BAUTISTA ÁVILA ARISTAMUÑO, titulares de la cédula de identidad Nº V.- 15.318.806 y V.- 5.871.121, respectivamente, contra la empresa ADMINISTRADORA CARICUAO PLAZA, C.A, inscrita en el Registro Mercantil Quinto de la Circunscripción Judicial del Distrito Capital y Estado Miranda, bajo el Nº 63, Tomo 815A, en la persona de los ciudadanos GUSTAVO J. REINA IRIBARREN y ALEXIA REINA SOTO, titulares de las cédulas de identidad Nº V.- 1.726.533 y V.- 6.822.388, en su condición de Presidente y Vicepresidente de dicha empresa, .....