En virtud de las precedentes consideraciones, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara ABANDONO VOLUNTARIO DEL TRÁMITE en el presente amparo constitucional intentado por el ciudadano WILFRED PALACIOS, asistido por el abogado JOSÉ EDUARDO GUARAPO RODRÍGUEZ, contra la UNIVERSIDAD PEDAGÓGICA EXPERIMENTAL LIBERTADOR, INSTITUTO PEDAGÓGICO DE MIRANDA "JOSÉ MANUEL SISO MARTÍNEZ", antes identificados, por la presunta violación del derecho al debido proceso establecido en el artículo 49 de la Constitución de la República Bolivariana de Venezuela.-