Por todas y cada una de las consideraciones de hecho como de derecho anteriormente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, la demanda de contenido patrimonial por cobro de bolívares por vía intimatoria interpuesta por el abogado Ricardo Rodríguez González, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 24.116, actuando en su carácter de apoderado judicial de la sociedad mercantil FADURA, C.A., contra la sociedad mercantil DESARROLLOS GRAN CARACAS, C.A.
En consecuencia pasa este administrador de justicia a precisar el contenido del dispositivo del presente fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE, la demanda de contenido patrimonial por cobro de bolívares por vía intimatoria interpuesta por el abogado Ricardo Rodríguez González, apoderado judicial de la sociedad mercantil FA.....