Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Estadal Cuarto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, actuando en Sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, pasa a precisar el contenido del dispositivo del presente fallo en los siguientes particulares:
PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por HECTOR BAUTISTA BOLIVAR MORENO, titular de la cédula de identidad número V- 11.776.960, debidamente representado por los abogados Julio Antonio Ortega y Jesús Enrique Requena Rodríguez, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 254.459 y 86.365, respectivamente, por vía de hecho, debido a la falta de respuesta al recurso de reconsideración ejercido contra la Orden Administrativa Nº GN-25801 de fecha 19 de enero de 2017, dictada por el COMANDANTE GENERAL DE LA GUARDIA NAC.....