Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta, por la ciudadana LAURA DEL CARMEN LANZA BAPTISTA, debidamente asistida por el abogado ALFREDO ASCANIO PEREIRA, ya identificados, contra el INSTITUTO AUTONOMO DE TRANSITO TRANSPORTE Y CIRCULACIÓN del Municipio Chacao del Estado Miranda. En consecuencia se decide:
PRIMERO: SE DECLARA la nulidad de los actos administrativos de remoción y retiro contenidos en los oficios números 0406 de fecha 20 de marzo de 2006, y 0597 de fecha 20 de abril de 2006, respectivamente, dictados por el Presidente del Instituto Autónomo de Transito, Transporte y Circulación del Municipio Chacao del Estado Miranda
SEGUNDO: SE ORDENA al Presidente del Instituto Autónomo de Transito, Transporte y Circulación del Municipio Chacao del Esta.....