Visto el escrito de promoción de pruebas presentado por el abogado MANUEL DE JESUS DOMÍNGUEZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 41.605, en su carácter de apoderado judicial del ciudadano CRISTOBAL DIAZ VALERO, titular de la cédula de identidad número V- 2.998.456, en el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto en contra del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA RELACIONES INTERIORES, JUSTICIA Y PAZ, este Tribunal pasa a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los siguientes términos.