Por todas y cada una de las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso contencioso administrativo de nulidad interpuesto por el abogado Fabián Chacón López, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 11.645, actuando en su carácter de apoderado judicial de TAMARA BITERVA TAMI SANCHEZ, MARÍA MERCEDES MENDOZA ARAUJO, ALIDA FELICIA VELASQUEZ DE FIGUERA, CIRA BERTHA ZAMBRANO ARELLANO, RAFAEL ENRIQUE GONZALEZ RODRÍGUEZ y GLADYS MARINA CARRASCAL TORREYES, antes identificados, contra LA JUNTA DIRECTIVA DEL INSTITUTO VENEZOLANO DE LOS SEGUROS SOCIALES, y en consecuencia se abre nuevamente el lapso establecido en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pública, a partir de la fecha de la notificación del presente fallo, en caso que los recurrentes interpusieren separadamente s.....