Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por COROMOTO DEL CARMEN PASTRAN DE APONTE, cédula de identidad número V- 9.419.895, contra el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA (B.C.V.). En consecuencia pasa este juzgador a precisar el contenido del dispositivo en el presente fallo:
PRIMERO: Se DECLARA INADMISIBLE, el recurso contencioso administrativo funcionarial interpuesto por COROMOTO DEL CARMEN PASTRAN DE APONTE, titular de la cédula de identidad número V- 9.419.895, contra el BANCO CENTRAL DE VENEZUELA (B.C.V.).
SEGUNDO: Se ORDENA la publicación del presente fallo en la página Web del Tribunal Supremo de Justicia.-