Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la medida cautelar de suspensión de efectos solicitada por la abogada SONIJANETTE PEREIRA BREMO, inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 85.451, actuando en su carácter de apoderada judicial del MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA LAS COMUNAS Y PROTECCIÓN SOCIAL, creado mediante Decreto Nº 6.626 de fecha 3 de marzo de 2009, publicado en la Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.130 de la misma fecha, sobre Organización y Funcionamiento de la Administración Pública Nacional, reformado por el Decreto Nº 6.732 de fecha 2 de junio de 200, publicado en Gaceta Oficial de la República Bolivariana de Venezuela Nº 39.202 de fecha 17 de junio de 2009, interpuso recurso contencioso administrativo de nulidad conjuntamente con medida ca.....