Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta, por el ciudadano FRANCISCO CHIRINOS GARCÍA, asistido por el Abogado RAMON NIETO QUINTERO, antes identificados contra el SERVICIO NACIONAL INTEGRADO DE ADMINISTRACIÓN ADUANERA Y TRIBUTARIA (SENIAT). En consecuencia se decide:
PRIMERO: SE DECLARA la nulidad del acto administrativo contenido en el oficio Nº GRH/DCT-CI-2005-2452-5382, emanado de la Gerencia de Recursos Humanos del SENIAT.
SEGUNDO: SE ORDENA al Servicio Nacional Integrado de Administración Aduanera y Tributaria (SENIAT), incluya como tiempo de servicio para el otorgamiento del beneficio de jubilación, el periodo transcurrido desde el ilegal retiro, esto es, en fecha 25 de junio de 2001 hasta el momento en que efectivamente se realicen las gestiones .....