Por todas y cada una de las razones tanto de hecho como de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por JOEL RAFAEL ANTUARES, debidamente asistido por el abogado GUSTAVO ANTONIO MARTÍN SILVA, antes identificados, contra el acto administrativo contenido en la resolución número 041-13, de fecha 3 de junio de 2013, dictada por el Director Presidente del INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA.
En consecuencia pasa este administrador de justicia a precisar el contenido del dispositivo del presente fallo en los siguientes términos:
PRIMERO: Se declara INADMISIBLE la querella funcionarial interpuesta por JOEL RAFAEL ANTUARES, contra el INSTITUTO AUTÓNOMO DE POLICÍA DEL ESTADO MIRANDA, de conformidad con lo previsto en el artículo 94 de la Ley del Estatuto de la Función Pú.....