Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el ciudadano MÁRQUEZ ABDON MENDOZA JIMÉNEZ, suficientemente identificado en autos, asistido por el abogado Francisco Lepore, contra la GOBERNACIÓN DEL ESTADO MIRANDA, y en consecuencia:
1-. SE ANULA: El acto administrativo contenido en la Resolución N° 112-57, de fecha siete (07) julio del año 2005, suscrita por el ciudadano Gobernador del Estado Miranda.
2-. SE ORDENA: La restitución del ciudadano MÁRQUEZ ABDON MENDOZA JIMÉNEZ, titular de la cédula de identidad número 3.300.432, al cargo de Director en la Unidad Educativa Armando Reverón de la Dependencia Regional de Petare del Municipio Sucre del Estado Miranda, con el pago de la diferencia de sueldos que se hubiese producido por el movi.....