Por todas y cada una de las razones de hecho y de derecho antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de embargo por parte de la empresa TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. representada judicialmente por la abogada Marianella Velásquez Marcano, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 44.968, sobre los bienes muebles en inmuebles propiedad de la ASOCIACIÓN COOPERATIVA RAFAEL URDANETA 953, R.L. y la empresa FINANCIERA DE SEGUROS, S.A.. En consecuencia pasa este Tribunal a precisar el dispositivo del fallo en los términos siguientes:
PRIMERO: Se declara IMPROCEDENTE la solicitud de medida cautelar de embargo por parte de la empresa TELECOMUNICACIONES MOVILNET, C.A. representada judicialmente por la abogada Marianella Velásquez Marcano, inscrita en el Instituto de Pr.....