Vistos los escritos de promoción de pruebas presentados por la abogada VICMAR QUIÑÓNEZ BASTIDAS, inscrita en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 105.182, actuando con el carácter de sustituta de la ciudadana PROCURADORA GENERAL DE LA REPÚBLICA, en representación del GOBIERNO DEL DISTRITO CAPITAL, en fecha 9 de agosto de 2012; y por el abogado EDILSON CONTRERAS DÍAZ, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el número 100.459, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana YAMILET COROMOTO MONASTERIOS CASTELLANOS, titular de la cédula de identidad número V- 6.167.398, pasa este Juzgado Superior a pronunciarse sobre la admisibilidad de las mismas en los términos siguientes: