Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la querella interpuesta por los abogados OFELMINA LOZANO VARGAS y YAMILETH SARAY ALBORNOZ BELMONTE, inscritos en el Inpreabogado bajo los Nros 81.770 y 76.373, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano LUIS ALBERTO ARAUJO, titular de la cédula de identidad Nº V.- 7.819.751, contra la POLICÍA METROPOLITANA DE CARACAS