Por toda y cada una de las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, en la presente solicitud de medida cautelar, previo análisis de los elementos que destacan del contenido de la presente causa, considera conforme a derecho declarar PROCEDENTE la solicitud de medida cautelar y en consecuencia, resuelve:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la suspensión de efectos de la Providencia Administrativa Nro. MD-DS-132/2017 de fecha 14 de marzo de 2017, suscrita por la SUPERINTENDENCIA NACIONAL DE ACTIVIDADES HÍPICAS, en relación a la "Suspensión de la señal contentiva de las carreras internacionales transmitidas con ocasión a la Licencia Clase 2 signada con el Nro. 8098 ...", hasta que se decida el fondo del asunto controvertido.-
SEGUNDO: Se declara PROCEDENTE la suspensión de efectos del oficio N.º OSP-FVM-SUNAHIP 010/2017 de fecha 23 de m.....