Por todas y cada una de las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara SIN LUGAR la demanda por rescisión de contrato interpuesta por el abogado Pedro Vilela, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.708, actuando en su carácter de apoderado judicial de la Asociación Civil CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (CNTI) contra la COOPERATIVA SINRU 5312. R.L., en consecuencia pasa este administrador de justicia a precisar el dispositivo del presente fallo en los siguientes particulares:
PRIMERO: Se DECLARA SIN LUGAR la demanda por rescisión de contrato interpuesta por el abogado Pedro Vilela, inscrito en el Inpreabogado bajo el Nº 119.708, actuando en su carácter de apoderado judicial de la de la Asociación Civil CENTRO NACIONAL DE TECNOLOGÍAS DE INFORMACIÓN (CNTI) contra la COOPERA.....