Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE el recurso de nulidad interpuesto por los abogados, JUAN CARLOS GUTIERREZ CEBALLOS, CLAUDIA VALENTINA MUJICA AÑEZ, ORLANDO COLMENARES TABARES, ALBERTO YEPEZ DE DOMINICIS y ANTON BOSTJANCIC PROSEN, inscritos en el instituto de Previsión Social del Abogado bajo los N° 39.816, 37.020, 44.292, 99.405 y 45.129, respectivamente, actuando en su carácter de apoderados judiciales del ciudadano JUSTO BONILLA, titular de la cédula de identidad N° 8.092.375, Presidente de la sociedad mercantil DINASERF PREVISIÓN C.A, contra el acto administrativo de fecha 29 de agosto de 2005, emanado del Instituto Nacional de la Vivienda (INAVI).