Por las razones antes expuestas, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, resuelve:
PRIMERO: Se declara PROCEDENTE la medida cautelar solicitada por los abogados RAFAEL DOMÍNGUEZ MENDOZA, LEYMAN VELÁSQUEZ, ALEJANDRO URDANETA, LUIS LEONARDO CÁRDENAS y GUILLERMO AZA, inscritos en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo los números 105.112; 117.213; 138.836; 71.833 y 120.986, respectivamente, actuando con el carácter de apoderados judiciales del INSTITUTO AUTÓNOMO DE INFRAESTRUCTURA, OBRAS Y SERVICIOS DEL ESTADO MIRANDA (INFRAMIR), creado conforme a su Ley de creación, publicada en Gaceta Oficial de fecha 21 de diciembre de 2.001, contra la Sociedad Mercantil SEGUROS PIRÁMIDE, C.A, domiciliada en Caracas e inscrita bajo el Nº 80 en el Libro de Registro de Empresas de Seguros llevado por la Superintendencia de Seguros del Ministerio de Finanzas, e ins.....