Por las consideraciones de hecho y de derecho precedentemente expuesta, este Juzgado Superior Cuarto en lo Civil y Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por el abogado EDISON RENÉ CRESPO, inscrito en el Instituto de Previsión Social del Abogado bajo el Nº 10.2012, actuando en su carácter de apoderado judicial de la ciudadana MAYRA DADMAR VILLEGAS DE LANDAETA, titular de la cédula de identidad Nº V- 3.632.751, contra el MINISTERIO DEL PODER POPULAR PARA EL AMBIENTE, y en consecuencia:
PRIMERO: Se ORDENA a la República Bolivariana de Venezuela por órgano del Ministerio del Poder Popular para el Ambiente, proceda al reajuste de la pensión de jubilación de la ciudadana MAYRA DADMAR VILLEGAS DE LANDAETA, desde el 14 de abril de 2011, al último sueldo correspondiente al cargo de Jefe de Oficina de Planificación y Presupuesto (Directo.....