Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara IMPROCEDENTE la pretensión de amparo cautelar solicitada por la ciudadana RACHEL DEL CARMINE PASQUA CARABALLO, titular de la cédula de identidad Nro. 12.163.798, Inpreabogado Nro. 143.729, actuando en su propio nombre y representación, contra la DIRECCIÓN EJECUTIVA DE LA MAGISTRATURA (DEM).