Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, se declara INCOMPETENTE para conocer del recurso de abstención o carencia interpuesto por la abogada MARIA OBDULIA UROSA DE SMOLANSKY, actuando en su propio nombre y representación, contra la negativa de la Alcaldía del Municipio Hatillo Distrito Metropolitano de Caracas Estado Miranda y declina la competencia en los Juzgados de Municipio, con Sede en Los Cortijos de la ciudad de Caracas, a los cuales se ordena remitir el expediente.