PRIMERO: Se declara PARCIALMENTE CON LUGAR la querella interpuesta por los abogados Mauricio Aponte Machin, Carlos Prato D¿ Armas y Ricardo Ramón Martínez Herrera, actuando como apoderados judiciales de la ciudadana Euris Arelis Uzcátegui Rivera, titular de la cédula de identidad Nº 14.205.266, contra el Fondo Intergubernamental para la descentralización (FIDES).
SEGUNDO: Se declara CADUCA la realización de evaluación de desempeño correspondiente al primer semestre del año 2009, por la motivación antes expuesta.
TERCERO: Se declara IMPROCEDENTE la evaluación del primer semestre del año 2011, por la motivación ya expuesta en este fallo.
CUARTO: se ORDENA al Fondo Intergubernamental para la Descentralización (FIDES), realizar a la querellante la evaluación de desempeño correspondiente al segundo semestre del año 2009 y las evaluaciones del primer y segundo semestre del año 2010, sin que el ente evaluador (FIDES) quede obligado a cancelar contraprestación alguna de forma automática a.....