Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara PROCEDENTE la medida cautelar de secuestro solicitada por el abogado Faruk Andrés Ramírez Beirutty, Inpreabogado Nro. 79.709, actuando como apoderado judicial del INSTITUTO NACIONAL DE DESARROLLO DE LA PEQUEÑA Y MEDIANA INDUSTRIA (INAPYMI), contra el ciudadano BLAS RAMÓN MÁRQUEZ, titular de la cédula de identidad Nº 4.304.032, sobre el vehículo identificado con las siguientes características: placa: 00DPAF, marca: FORD, modelo: F-350 49M6 F-350 4X4 EFI, año: 2006, color: gris, serial de carrocería: 8YTKF375068A26082, serial del motor: 6 A26082, clase: CAMION, tipo: CHASSIS, uso: CARGA, fecha de emisión: 25-10-2005, peso: 5.091 KG, capacidad: 2640 KG, incluye PLATAFORMA CON ESTACA.
SEGUNDO: El Tribunal designa a .....