Por las razones antes expuestas este Juzgado Superior Quinto de lo Contencioso Administrativo de la Región Capital, administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, dispone en los siguientes términos:
PRIMERO: Declara Con Lugar el recurso de nulidad interpuesto por los abogados Fernando Gonzalo Lesseur y Gualfredo Blanco, actuando como apoderados judiciales de la Compañía Anónima Centro Médico de Caracas, contra la Providencia Administrativa Nº 243-08 dictada en fecha 01 de abril de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador (Sede Norte).
SEGUNDO: Declara la Nulidad de la Providencia Administrativa Nº 243-08 dictada en fecha 01 de abril de 2008 por la Inspectoría del Trabajo en el Distrito Capital, Municipio Libertador (Sede Norte), mediante la cual declaró sin lugar la solicitud de calificación de faltas incoada por la Compañía Anónima Centro Médico de Caracas, contra la ciudadana Gerxy O.....