Por las razones expuestas, este Juzgado Superior Estadal Sexto Contencioso Administrativo de la Circunscripción Judicial de la Región Capital, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: Su INCOMPETENCIA para conocer del Recurso Contencioso Administrativo Funcionarial interpuesto por el ciudadano JUAN RAMÓN VICENT VELÁSQUEZ, titular de la cédula de identidad Nro. V-6.875.626, contra el CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE).
SEGUNDO: DECLINA EN LOS TRIBUNALES DE PRIMERA INSTANCIA DE SUSTANCIACIÓN, MEDIACIÓN Y EJECUCIÓN DEL CIRCUITO DEL TRABAJO DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, la competencia para conocer y decidir la querella interpuesta.
TERCERO: Se ORDENA notificar al ciudadano PRESIDENTE DEL CONSEJO NACIONAL ELECTORAL (CNE), así como a la parte actora, de la publicación de la presente sentencia, por lo que una vez conste en autos las últimas de las notificaciones ordenadas, se procederá a remitir el presente e.....