Sobre la base de los argumentos de hecho y de derecho previamente desarrollados, este Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara CON LUGAR la impugnación formulada por la representación judicial del ciudadano RICARDO ALBERTO TORRES GUILLEN, parte demandante en este juicio, respecto de la eficacia y validez en este proceso judicial del instrumento poder consignado en fecha 7 de octubre de 2016, por la abogada Leidy Briceño, inscrita en el Inpreabogado bajo el N° 81.720.
PUBLÍQUESE, REGÍSTRESE Y NOTIFÍQUESE A LAS PARTES
Dada, firmada y sellada en la sala de despacho del Juzgado Segundo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas. En la ciudad de Caracas, a los treinta (30) días de enero de 20.....