DECRETA LA INTERDICCION PROVISIONAL del ciudadano CLAUDIO YOLI FERNANDEZ, venezolano, mayor de edad, con cédula de identidad No. V-14.300.790. En consecuencia, se nombra con el carácter de TUTOR INTERINO del mencionado ciudadano, a su tía, ciudadana Haydee Fernández, venezolana, mayor de edad, con cédula de identidad No. V- 3.981.117 y Protutor y Suplente del Protutor a las ciudadanas Sonia Josefina Fernández de Castro y Solangel Cathery Fernández Parra. Para componer el Consejo de Tutela se designan a los ciudadanos Abraham Castro, Gustavo Fernández, Carmen Fernández y Reinaldo Castro, a quienes se ordena citar para que comparezcan al segundo (2º) día de despacho siguiente después que conste en autos su citación, a las once de la mañana (11:00 a.m.) para que manifiesten su aceptación al cargo o se excusen del mismo y en el primero de los casos presten el juramento de ley. Se ordena seguir formalmente el presente juicio de interdicción por los trámites del juicio ordinario y se declar.....