En mérito de los razonamientos anteriormente expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara CON LUGAR la solicitud de conversión en divorcio realizada por los ciudadanos RAÚL SANTIAGO BARRETO VIDAL y SENOBIA AURORA CHACÍN LORETO, venezolanos, mayores de edad, de este domicilio y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-8.183.652 y V-8.746.779, respectivamente y, en consecuencia, se declara DISUELTO el vínculo matrimonial que los unía y al que antes se hizo referencia.
Ofíciese a las autoridades competentes y remítanse copias certificadas de la presente decisión a los fines legales consiguientes.
En cuanto a la comunidad conyugal procédase a la liquidación correspondiente una vez ejecutoriada la presente decisión.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
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