Por los razonamientos antes expuestos, este Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, Administrando Justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por la Autoridad que le otorga la Ley, ha decidido:
Primero: NEGAR la MEDIDA DE SECUESTRO o "DESALOJO" solicitada por representación judicial del ciudadano RAMÓN VENCE PEDROUZO, en el proceso de PARTICIÓN interpuesto contra la ciudadana GRISMERY ZORAIDA MENESES BELLO.
Segundo: NEGAR la MEDIDA DE EMBARGO solicitada por representación judicial del ciudadano RAMÓN VENCE PEDROUZO, en el proceso de PARTICIÓN interpuesto contra la ciudadana GRISMERY ZORAIDA MENESES BELLO.
REGÍSTRESE, PUBLÍQUESE Y DÉJESE COPIA CERTIFICADA DEL PRESENTE FALLO DE CONFORMIDAD CON LO ESTABLECIDO EN EL ARTÍCULO 248 DEL CÓDIGO DE PROCEDIMIENTO CIVIL.
Dada, firmada, y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Primera Instancia en lo Civil,.....