En consonancia con lo razonado anteriormente, este Tribunal Tercero de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas aplicando al caso bajo estudio las normas antes transcritas, por cuanto la transacción judicial celebrada entre el Instituto Bancario BANCO CONFEDERADO, S.A., ahora BANCO BICENTENARIO, BANCO UNIVERSAL, C.A., a través de su apoderada judicial, abogada CARMEN MARÍA TRENARD, por una parte, y, por la otra, el ciudadano ÁLVARO POCATERRA, parte co-demandada, asistido por el abogado JOSÉ ALEJO URDANETA, todos plenamente identificados, no es contraria al orden público, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN en los términos expuestos, en el juicio por COBRO DE BOLÍVARES intentado por la primera contra el segundo de los mencionados y contra los ciudadanos ENMA MERCEDES SUCRE DE POCATERRA y ROBERTO POCATERRA SILVA, signado con el expediente N° AP11-V-2009-000189.
En consecuencia, téngase como sentencia pasada en au.....