Por todos los razonamientos antes expuestos, este Tribunal administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela, y por autoridad de la ley, HOMOLOGA el DESISTIMIENTO de la acción y del procedimiento efectuado por el ciudadano JOSÉ LEGGIO CASSARA, venezolano, mayor de edad, ingeniero, soltero, de este domicilio y titular de la cédula de identidad N° V-4.772.119, solo en lo respecta al co-demandado, ciudadano HABIB LEVY SIBONY, venezolano, mayor de edad, casado, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad N° V-6.297.373.
En cuanto a los co-demandados, ciudadanos Sonia Levy Sibony y Mauricio Cohen Assor, la causa continuara su curso legal.
Finalmente, el desistimiento ejercido en los límites señalados, procede como sentencia pasada en autoridad de cosa juzgada de conformidad con lo previsto en el artículo 263 del Código de Procedimiento Civil.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Dada, firmada y sellada en la Sala de Despacho del Juzgado Tercero de Pr.....