PRIMERO: declarar SIN LUGAR el recurso de apelación ejercido por la ciudadana MIRTILIANA MARCANO, contra la sentencia 02 de Febrero de 2000, dictada por el Juzgado Duodécimo de Municipio de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, la cual queda confirmada;
SEGUNDO: declarar CON LUGAR la demanda de desocupación intentada por CARMEN IMELDA JIMENEZ contra MIRTILIANA MARCANO, ambas ampliamente identificadas en el encabezamiento de esta decisión, y como consecuencia de esta declaración, CONDENAR a la demandada a entregarle a la actora libre de personas y bienes el apartamento distinguido con el Nº 05-07, ubicado en el piso 5, del Edificio 01, bloque 34, del Conjunto Residencial Arauca (Terraza L), de la Urbanización José Antonio Páez (UD-4), Caricuao, Parroquia Caricuao, Municipio Libertador del Distrito Capital.