NULAS las actuaciones relativas a la notificación de la parte actora, por no haberse practicado en el domicilio procesal constituido en autos. En consecuencia, téngase a la parte actora como notificada de la sentencia dictada en fecha 15 de junio de 2015, mediante la diligencia presentada en fecha 10 de octubre de 2016, ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos de este Circuito Judicial.