Este JUZGADO SEXTO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL ÁREA METROPOLITANA DE CARACAS, Administrando Justicia en Nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por Autoridad de la Ley, hace el siguiente pronunciamiento:
PRIMERO: Se declara LA CONVERSIÓN EN DIVORCIO de la Separación de Cuerpos y Bienes, solicitada por los ciudadanos MARIANELA SULBARAN BRICEÑO y LARRY JOSÉ CARREÑO FUENTES, ambos venezolanos, mayores de edad, de este domicilio, hábiles en derecho y titulares de las cédulas de identidad Nros. V-13.633.693 y V-6.427.097, respectivamente, los cuales contrajeron matrimonio en fecha 30 de diciembre de 2000, ante la Prefectura del Municipio Valera del Estado Trujillo, tal y como se evidencia de Acta Nº 101, la cual riela en el presente expediente inserta en el folio tres (03) y su vuelto.-