este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara:
PRIMERO: CON LUGAR la demanda de EJECUCIÓN DE HIPOTECA, intentada por la Entidad Bancaria BANCO OCCIDENTAL DE DESCUENTO, BANCO UNIVERSAL C.A., en contra de las Sociedades Mercantiles PREFABRICADOS L.V. 98 C.A., y L.V. INGENIEROS, C.A., antes identificados, conforme a los lineamientos explanados en el fallo.
SEGUNDO: Se condena a la parte demandada al pago de la cantidad de UN MILLÓN QUINIENTOS CINCUENTA Y CUATRO MIL DOSCIENTOS TRES BOLÍVARES CON CERO CÉNTIMOS (Bs. 1.554.203,00), por concepto de capital adeudado, intereses convencionales y de mora calculados hasta la fecha del 30 de septiembre de 2011.
TERCERO: SE ORDENA una experticia complementaria del fallo para determinar los intereses convencionales y moratorios generado.....