este Juzgado Sexto De Primera Instancia En Lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario De La Circunscripción Judicial Del Área Metropolitana De Caracas, en nombre de la República Bolivariana De Venezuela y por autoridad de la Ley, HOMOLOGA LA TRANSACCIÓN suscrita en fecha 05 de Febrero de 2015, entre las ciudadanas FRANCIS LINA ALBORNOZ BELMONTE, antes identificada en su carácter de parte actora, asistida en este acto por la ciudadana MILAGROS RAMOS, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.144, y CAROLINA VIRGINIA CAPRILES, antes identificada en su carácter de parte demandada, asistida por la ciudadana BETZAIDA INAGA PERNIA, abogada en ejercicio e inscrita en el Inpreabogado bajo el Nº 121.141, mediante la cual convinieron de mutuo y amistoso acuerdo suscribir una Transacción respecto a la Obligación Sinalagmática que se litiga en el presente asunto, en los mismos términos y condiciones expuestas por las partes y de conformidad con lo previsto en el artículo 255 .....