DECISIÓN
Por las razones y consideraciones que anteceden, este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República y por autoridad de la Ley, declara INADMISIBLE la pretensión constitucional, por faltar un requisito impretermitible para dar curso a este de pretensión impugnatoria en sede constitucional y de conformidad con el cardinal 8 del artículo 6 de la Ley Orgánica de Amparos Sobre Derechos y Garantías Constitucionales.
No hay condenatoria en costas.
Publíquese, regístrese y déjese copia.
Notifíquese a las partes de la presente decisión.
Dada, firmada y sellada en la sala del Despacho del Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito Y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en Caracas a los veintitrés (23) días del mes de diciembre de dos mil diez (2010).
EL JUEZ,
LUIS T.....