este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, decide:
PRIMERO: DECLARAR NULAS todas las actuaciones ocurridas en el juicio a partir del día 29 de noviembre de 2012, inclusive, fecha en que se le designó Defensor Judicial sólo a la sociedad mercantil demandada, y ordenar la reposición de la presente causa al estado de que se designe defensor judicial para que represente judicialmente tanto a la sociedad mercantil INVERSIONES JGMB 77, C.A, en su carácter de deudora principal, y a los ciudadanos GEORGES LUÍS BOLÍVAR MÁRMOL Y JULIO MONTOYA GONZÁLEZ, en su carácter de fiadores, lo cual se hará por auto separado, conforme los lineamientos señalados en el fallo.
SEGUNDO: NO HAY expresa condenatoria en costas dada la naturaleza de la presente decisión.