ASUNTO: AH16-S-2008-000323 Asistente No. (01)
REPÚBLICA BOLIVARIANA DE VENEZUELA
PODER JUDICIAL
Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas.
Caracas, veintiséis (26) de abril de dos mil once (2011).-
200º y 152º
Visto el escrito que encabeza las presentes actuaciones y la justificación evacuada al efecto, cursante en las actas de la presente solicitud, este Juzgado sin perjuicio de terceros de igual o mejor derecho, conforme a lo establecido en el artículo 937 del Código de Procedimiento Civil, declara las presentes actuaciones TITULO SUPLETORIO SUFICIENTE DE PROPIEDAD, sobre las BIENHECHURIAS a que se contrae la presente solicitud, a favor de la ciudadana ZULAY CRISTINA GONZALEZ DE BARRIOS, venezolana, mayor de edad, casada, de este domicilio, titular de la cédula de identidad No. V-24.587.396. Devuélvase las presentes actuaciones en original a .....