Vista la anterior solicitud de Revisión de Obligación de Manutención, interpuesta por la ciudadana FLORALBA SALAZAR ALDANA, en su carácter de Fiscal Nonagésima Cuarta (94°) del Ministerio Público, de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en donde solicita que este Tribunal se pronuncie en cuanto a la admisión del presente juicio que sigue la ciudadana CRUZ LUISA BLANCO, venezolana, mayor de edad, de este domicilio, y titular de la cédula de identidad V-2.719.992, actuando en resguardo de los derechos e Intereses de la Ciudadana ANA MARIA LOPEZ BLANCO, de cuarenta y tres (43) años de edad, quien padece de retardo mental severo, que le imposibilita el cumplimiento de sus derechos y deberes civiles, este Tribunal considera que de una revisión del libelo de la demanda, verifica que si bien para el momento en que la ciudadana CRUZ LUISA BLANCO interpuso la presente solicitud, la presunta entredicha, es mayor de edad, sin embargo de conformidad con el fallo dictado .....