-III-
Por los razonamientos antes expuestos este Juzgado Sexto de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, Transito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la Ley, declara: LA PERENCIÓN DE LA INSTANCIA en consecuencia se extingue la instancia, solicitud interpuesta por la sociedad mercantil BANESCO BANCO UNIVERSAL, Inscrita en la oficina subalterna del primer Circuito de Registro del Departamento del Distrito Federal, el día 20 de septiembre de 1963, bajo el Nº 29, tomo 13, Folio 102, protocolo primero. Contra el ciudadano JUAN JOSE RIAL MACIAS, Venezolano, mayor de edad titular de las cedula de identidad Nº 6.247.340. Todo de conformidad con lo establecido en artículo 267 del Código de Procedimiento Civil, por haber transcurrido por haber transcurrido mas de un (1) año de inactividad entre las partes.
No hay condenatoria en costas conforme lo dispu.....