Ahora bien por cuanto, el escrito en comento fue presentado ante la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos, obviando la distribución de causas, presentándose como un escrito en el trámite de la causa signada con el Nº AP11-R-2010-000238 en el que sustancia la apelación del proceso que por tacha de falsedad civil incoare el ciudadano CARLOS RAMIREZ LOPEZ contra el ciudadano TANNOUS FOUAD GERGES, ante el Juzgado Cuarto de Municipio de la Circunscripción Judicial del Area Metropolitana de Caracas lo que constituye violación DE LA NORMATIVA QUE REGULA LA DISTRIBUCIÓN DE LAS CAUSAS, que debe ser completamente aleatoria, en razón de lo cual, se ordena el desglose del mencionado escrito, se corrija la foliatura del expediente, se remita a la Unidad de Recepción y Distribución de Documentos ( URDD) de éste Circuito Judicial a los fines de su correspondiente Distribución. Cúmplase. PUBLIQUESE Y REGISTRESE