Este JUZGADO SÉPTIMO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL, MERCANTIL, DEL TRÁNSITO Y BANCARIO DE LA CIRCUNSCRIPCIÓN JUDICIAL DEL AREA METROPOLITANA DE CARACAS, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara la CONFESIÓN FICTA de la parte demandada, y consecuencialmente CON LUGAR la demanda de CUMPLIMIENTO DE CONTRATO intentada por C.A INMOBILIARIA Y DE SERVICIOS ADMINISTRATIVOS LUXOR contra ATS TECNICA SUR C.A. En razón de lo anterior se condena a la parte demandada a: PRIMERO: En la instalación y suministro de los equipos especificados en el Presupuesto Numero MOD3129 para la Modernización de dos (2) Ascensores de Pasajeros en el Edificio VILLAPOL, que está ubicado en la Avenida El Servicio, Parque Residencial Valle Arriba, Urbanización Santa Fe, Municipio Baruta del Estado Miranda; SEGUNDO: Al reconocimiento de los pagos de las cuotas realizadas La Junta de Condominio del Edificio VILLAPOL, que ascienden a la suma de DOSCIENTO.....