Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de Ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la demandada por resolución de contrato incoada por el ciudadano CESAR PETTER VASQUEZ SANDOVAL, en contra de la empresa AUTO PREMIUM C.A. SEGUNDO: Se declara CON LUGAR la falta de cualidad alegada por el tercero interviniente; TERCERO: Se declara SIN LUGAR la insuficiencia de poder alegado por el tercero interviniente; CUARTO: Se condena en costas a la parte demandada por haber resultado totalmente vencida en el presente fallo.