Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley DECRETA MEDIDA DE EMBARGO PREVENTIVO, sobre bienes propiedad de la parte demandada, Sociedad Mercantil USELAS, C.A., hasta cubrir la cantidad de UN MILLON CIENTO CUATRO MIL QUINIENTOS TREINTA Y SEIS BOLIVARES CON CINCUENTA Y NUEVE CENTIMOS (Bs. 1.104.536,59), suma esta que incluye el doble de lo demandado más la cantidad de CIEN MIL CUATROCIENTOS DOCE BOLIVARES CON CUARENTA Y UNO CENTIMOS (Bs. 100.412,41), por concepto de costas calculadas por este Tribunal en un veinte por ciento (20%); así mismo si la referida medida recayera sobre cantidades líquidas y exigibles o en sumas de dinero, la misma deberá ser practicada hasta cubrir la cantidad de SEISCIENTOS DOS MIL CUATROCIENTOS SETENTA Y CUATRO BOLIVARES CON CINCUENTA CENTIMOS (Bs......