Este Tribunal Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de esta Circunscripción Judicial, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara: PRIMERO: CON LUGAR la acción de cumplimiento de contrato interpuesta por la sociedad mercantil TRANS-ADRIATICA DE TRANSPORTE, C.A. contra la sociedad mercantil SERVICIOS SAN ANTONIO INTERNACIONAL, C.A., ambas ya identificadas en este fallo; SEGUNDO: Se condena a la parte demandada a pagar la cantidad de OCHOCIENTOS SETENTA Y SIETE MIL SETECIENTOS OCHENTA BOLÍVARES CON VEINTINUEVE CÉNTIMOS (Bs. 877.780,29) por concepto de stand by o tiempo de espera causado por la ejecución del servicio de transporte de los equipos petroleros "Taladro SAI – 426 y Taladro SAI – 134" discriminado en las facturas proforma Nº 2161, 2098, 2162, 2138, 2164, 2194, 2195 y 2196 debidamente indexada, calculada desde el 24 de marzo de 2011 fecha de admisión de la demanda, hasta la fe.....