Este Juzgado Séptimo de Primera Instancia en lo Civil, Mercantil, del Tránsito y Bancario de la Circunscripción Judicial del Área Metropolitana de Caracas, actuando en sede Constitucional, administrando justicia en nombre de la República Bolivariana de Venezuela y por autoridad de la ley, declara INADMISIBLE la acción de amparo constitucional interpuesta por los ciudadanos MAIJEL IBRAIN LEAL CANCINES, JONATHAN JOSÉ NAVAS PALMA y KARINA APARICIO SILVEIRA, contra las sociedades mercantiles denominadas APEX PRODUCCIONES, C.A., y AFICHERAS NACIONALES, S.A., (STYLE), todos ampliamente identificados en el encabezamiento de esta decisión.